Bases específicas de la convocatoria Arquitecto/a Técnico/a - Estabilización



BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE ESTABILIZACIÓN, PARA LA PROVISIÓN DE 1 PUESTO DE ARQUITECTA/O TÉCNICA/O, (PERSONAL LABORAL FIJO DE PLANTILLA) DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO, POR EL SISTEMA DE CONCURSO
- Plazas convocadas
Se convoca 1 puesto de Arquitecta/o técnica/o con carácter excepcional, por una sola vez y por el sistema de concurso, por turno libre, con perfil lingüístico 3 de euskera preceptivo
En el BOB número 251 de 31 de diciembre de 2021 se publicó la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, cambiando la denominación del puesto de “Técnico de Gestión de Patrimonio” por el de “Arquitecto Técnico”.
- Requisitos de participación
2.1. Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 5.1 de las bases generales de estabilización.
- Requisitos específicos del puesto convocado
3.1. Titulación de acceso. Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto Técnico, o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las normas de la Unión Europea, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes/declaración responsable.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
- Proceso selectivo
El sistema de selección será el de concurso. Todos los méritos deberán ser alegados en la solicitud/declaración responsable, dentro del plazo de presentación de la misma.
El límite para la obtención de los méritos será la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes/declaración responsable.
Con independencia del día de presentación de la solicitud/declaración responsable, los méritos se computarán hasta la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes/declaración responsable.
La calificación del proceso, vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
a) Experiencia general
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en las Administraciones públicas en plaza/puesto de Arquitecta/o técnica/o del grupo A, subgrupo A2, hasta un máximo de 30,00 (treinta) puntos, a razón de 3,75 (tres con setenta y cinco) puntos por cada año de servicio, o fracción superior a seis meses.
b) Experiencia específica
De manera específica diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán servicios prestados en el OAL Viviendas Municipales de Bilbao en el puesto de Arquitecta/o técnica/o y/o Técnica/o de Gestión de Patrimonio del grupo A, subgrupo A2, hasta un máximo de 60,00 (sesenta) puntos, a razón de 7,50 (siete con cincuenta) puntos por cada año de servicio, o fracción superior a seis meses, a partir del 1 de enero de 2015.
c) Otros méritos
Este apartado se valorará hasta un máximo de 10,00 (diez) puntos.
c.1) Conocimientos de informática:
Se valorarán los conocimientos de informática, a razón de 1,00 (un) punto por cada una de las siguientes certificaciones de nivel avanzado o a razón de 0,50 (cero con cincuenta) puntos por cada una de las de nivel básico o único:
— Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 o posterior.
— Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 o posterior.
— Microsoft Access 2000/XP/2003 o posterior.
— Internet.
— Microsoft Power Point 2000/XP/2003/2007/2010 o posterior, nivel único.
— Microsoft Outlook XP/2003/2010 o posterior, nivel único.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en las bases generales. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
A efectos de esta convocatoria, a quienes acrediten el nivel avanzado se les considerará, asimismo, acreditado el nivel básico y en consecuencia sólo se valorará el nivel superior.
c.2) Idiomas:
Se valorará el conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentes de la lengua castellana, de acuerdo a lo siguiente:
Nivel B-2 o superior: 2,50 (dos con cincuenta) puntos.
Para cada uno de los idiomas cuyo conocimiento se acredite, se puntuará únicamente el nivel más alto de conocimientos que se posea.
- Aplicación de la cláusula de prioridad
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en plaza de Arquitecta/o técnica/o, dándoles prioridad.
- Bolsa de trabajo
Esta convocatoria no generará bolsa de trabajo.
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16/04/2025
ANUNCIO BOB TÉCNICO/A DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN -
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19/03/2025
BATERIA TEMAS DEL 17-18 DE LAS MATERIAS COMUNES DEL TEMARIO -
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BATERIA TEMAS 1-16 DE LAS MATERIAS COMUNES DEL TEMARIO -
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INDICE PARA LA BATERÍA DE PREGUNTAS SOBRE LAS MATERIAS COMUNES DEL TEMARIO -
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18/02/2025
ANUNCIO BOB TÉCNICO INFORMÁTICO